Grupos parlamentarios
Grupos parlamentarios
La existencia de los grupos parlamentarios en el seno del Parlamento de Andalucía es una exigencia impuesta por el Estatuto de Autonomía, cuyo artículo 103 remite al Reglamento del Parlamento de Andalucía la determinación del número mínimo de diputados que los componen (que es no inferior a cinco), impone su participación en la Diputación Permanente y en todas las comisiones en proporción a su importancia numérica y les reconoce legitimación para solicitar sesiones extraordinarias.