Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
El Portal de Transparencia del Parlamento de Andalucía, que adapta la legislación de mayor rango vigente en la materia (Ley Estatal 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno; y Ley Autonómica 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía), tiene como principal finalidad aumentar, reforzar y consolidar la transparencia de la actividad pública que se produce en la Cámara Legislativa andaluza, así como facilitar y garantizar el derecho de acceso a la información a dicha actividad y establecer pautas para la ejemplaridad de los servidores públicos de la institución. En cuanto a la información que contiene, solo aparece lo estrictamente concerniente al Poder Legislativo autonómico, nada correspondiente a su homólogo nacional o europeo ni acerca de los otros poderes del Estado; esto es, el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial.
La actuación del Parlamento de Andalucía en materia de transparencia se articula a través de los dos grandes conceptos que marca la ley: la publicidad activa y el acceso a la información pública. La publicidad activa responde a la obligación, por parte de las Administraciones públicas, de publicar de manera permanente determinada información pública exigida por la ley en su Portal de Transparencia o en los sitios web correspondientes. Se trata de posibilitar, a través de una actitud proactiva, y para garantizar la transparencia de su actividad, que la ciudadanía conozca la información que le resulte relevante.
Se publica toda la información susceptible del interés general que obre en poder del Parlamento de Andalucía, por lo que se pone a disposición de la ciudadanía la información de índole institucional y organizativa de esta administración, además de otros apartados de la actuación pública, tales como la producción normativa, la planificación, la contratación y gestión de subvenciones, o la información económica y presupuestaria, entre otros aspectos. Sin embargo, información sensible que afecte a cuestiones como seguridad, defensa o protección de datos personales no será publicada. En estos casos deberá comprobarse si la publicación afecta verdaderamente a los límites que la ley prevé o, para el caso de los datos personales, si estos pueden eliminarse del documento que se quiera divulgar. En cuanto al cómo se publica, toda información se presentará de forma clara y homogénea, y, en la medida de nuestras posibilidades, y con el objeto de hacer lo más accesibles posible todos los datos de la institución, estará disponible en los formatos más extendidos.
La actuación en materia de transparencia del Parlamento de Andalucía se articula a través de los dos grandes conceptos que marca la ley: la publicidad activa y el acceso a la información pública. En el segundo caso, es la ciudadanía la que toma la iniciativa de recabar de los poderes públicos la información que obra en su poder. Este acceso se configura como un verdadero derecho, que, en su vertiente procedimental, lleva a establecer la regla general del acceso a dicha información. Se entiende como información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su soporte o formato, que obren en poder de la Administración y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
La máxima que rige es la del acceso, por defecto, a toda la información pública disponible, por lo que su denegación o limitación constituye la excepción. Para garantizar que esa limitación o denegación responda a verdaderas razones, así como para facilitar el control por el órgano al que se presenta la reclamación, o de la decisión adoptada por los tribunales al respecto, se impone el deber de motivar dichas resoluciones. Por tanto, el derecho de acceso a la información está sujeto a ciertos límites que tienen como objetivo proteger otros bienes jurídicos que pueden quedar desprotegidos si se ofrece la información; es decir, los límites existen para proteger información que, de ser conocida, podría dañar a una persona o al interés público.
El Parlamento de Andalucía tratará de contestar las solicitudes de información que reciba en el menor tiempo posible. El objetivo es resolver y notificar en el plazo más breve todas las peticiones, si bien la duración exacta de cada tramitación dependerá de su contenido. Esta institución cumple en todo caso con la normativa vigente en la materia y establece un plazo máximo, para dictar y notificar la resolución, de veinte días hábiles desde la recepción de la solicitud, prorrogables por igual periodo en el caso de que el volumen o la complejidad de la información solicitada lo requieran. De producirse esta prórroga, dicha ampliación será notificada a la persona solicitante.
El Parlamento de Andalucía representa al pueblo andaluz. Sus 109 miembros son elegidos por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto mediante un sistema electoral proporcional corregido territorialmente de forma que ninguna provincia tenga más del doble de diputados que otra. Corresponde al Parlamento el ejercicio de la potestad legislativa, a través de la cual se hace efectiva su autonomía política por cuanto sus leyes no se encuentran sujetas más que a la Constitución y al Estatuto de Autonomía. Es también función del Parlamento la aprobación anual del presupuesto de la Comunidad Autónoma. Como en todas las democracias modernas, la actividad del Parlamento de Andalucía no se entendería sin tener en cuenta el protagonismo que corresponde a los partidos políticos, los cuales, a través de los grupos parlamentarios, orientan y dirigen la actuación de los diputados que comparten una misma ideología política. En resumen, el Parlamento ejerce la potestad legislativa, impulsa y controla la acción del Consejo de Gobierno, aprueba los presupuestos de la Comunidad, y realiza aquellas otras funciones que se establecen en el Estatuto de Autonomía y sus leyes.
Los grupos parlamentarios son agrupaciones de diputados que se constituyen con el objetivo de presentar una posición común en los asuntos que se debaten y votan en el Parlamento. Normalmente están integrados por los diputados pertenecientes a un mismo partido político, del que toman su denominación. El Grupo Mixto está formado por quien no ha querido o no ha podido integrarse en otros grupos; su composición suele ser, por ello, heterogénea. Los grupos parlamentarios son los verdaderos protagonistas de la vida parlamentaria al conformar la composición de sus distintos órganos, así como por su papel en la presentación de iniciativas y en el uso de la palabra. Su número y relación son decisivos en la vida del Parlamento al determinar la formación y estabilidad del Gobierno. Pueden existir diputados que no formen parte de ningún grupo parlamentario; se les denomina diputados no adscritos. Son aquellos que no forman parte del grupo parlamentario en cuya candidatura concurrieron a las elecciones, y solo tienen los derechos que corresponden a los diputados individualmente considerados.
Cualquier ciudadano o ciudadana, individualmente o agrupado con otros, puede interactuar con la Cámara Legislativa a través de los grupos parlamentarios, si bien, en un esfuerzo por aproximar la política a los ciudadanos, el Parlamento ha establecido en su reglamento una serie de instrumentos que permite a estos, individual o colectivamente, poner en marcha algunas de las iniciativas parlamentarias a fin de obtener de los poderes públicos una respuesta. Entre tales mecanismos están las preguntas de iniciativa ciudadana, para su respuesta oral, al Consejo de Gobierno o a cada uno de sus miembros, siempre que dichas cuestiones sean asumidas por algún diputado o diputada (art. 165 RPA); la presencia en comisión de los sectores sociales afectados por la legislación (art. 112 RPA); y las iniciativas legislativas populares y de los ayuntamientos, que se ejercerán mediante la presentación ante la Mesa del Parlamento de una proposición de ley suscrita por las firmas de al menos cuarenta mil ciudadanos. Además de estos mecanismos parlamentarios, el artículo 78 del Estatuto de Autonomía para Andalucía otorga a la Junta de Andalucía la competencia exclusiva para proceder a la convocatoria de encuestas, audiencias públicas, foros de participación y cualquier otro instrumento de consulta popular, con la excepción del referéndum
Cada ficha de los diputados habilitada en el Portal de Transparencia incluye las retribuciones percibidas, en bruto y en neto, y con carácter mensual, por cada uno de ellos. El Parlamento de Andalucía fue de los primeros en España en hacer públicos los sueldos y demás retribuciones en la década de los ochenta, la cual se puede consultar de forma general a través del apartado del régimen económico que aparece tanto en la web como en el Portal de Transparencia de la Cámara Legislativa http://www.parlamentodeandalucia.es/opencms/export/portal-web-parlamento/contenidos/pdf/SecretariaGeneral/regimeneconomico/Regimen_economico_diputados.pdf
No, puesto que las circunstancias personales y profesionales de cada uno de los parlamentarios es diferente. Así, de una cantidad bruta semejante de ingresos puede resultar una cantidad neta distinta en cada caso en función del porcentaje del IRPF que se le aplique. También influye en los complementos salariales el que formen parte de la Mesa de la Cámara o de alguna comisión, así como que sean portavoces de grupos parlamentarios. Asimismo, los diputados que sean funcionarios de carrera pueden contar con un complemento (trienios, quinquenios y sexenios) del que carezcan otros representantes públicos que haga variar su cuenta general.
El régimen económico general, los complementos por cargo, así como las indemnizaciones por desplazamiento, están detallados tanto en la web como en el Portal de Transparencia http://www.parlamentodeandalucia.es/opencms/export/portal-web-parlamento/contenidos/pdf/SecretariaGeneral/regimeneconomico/Regimen_economico_diputados.pdf
El Parlamento de Andalucía quiere ser una administración lo más abierta posible de cara a la sociedad. Su apertura al público suele coincidir con el desarrollo de su actividad política y administrativa, que se extiende de lunes a viernes. En principio, cualquier persona puede acceder, previa autorización, a las instalaciones de la sede de la Cámara Legislativa, siempre y cuando se justifique dicho acceso por motivos de reunión con grupos políticos, participación en comisiones, organización de algún evento, encuentro con diputados, etcétera. Igualmente, previa acreditación, se puede acceder como ciudadano o ciudadana al pleno del Parlamento, a las actividades de carácter social o profesional que albergue u organice esta institución en sus instalaciones, o a las exposiciones de diversa índole que habitualmente alberga la Cámara autonómica. Por otra parte, se puede solicitar, vía web o telefónica, una visita guiada para conocer los detalles culturales, históricos y arquitectónicos del antiguo Hospital de las Cinco Llagas, actual sede del Parlamento de Andalucía.
El Parlamento de Andalucía transmite en directo todos los plenos, comisiones y reuniones del resto de órganos parlamentarios (salvo aquellos que reglamentariamente se marcan como de carácter interno y de los que no se produce publicidad) a través de un área específica de visionado habilitada en su página web que está disponible para su reproducción a través de internet desde ordenadores y dispositivos móviles (terminales de telefonía y tabletas). Asimismo, cada uno de los eventos transmitidos queda archivado en la videoteca del Parlamento de Andalucía. Dicha videoteca puede ser consultada on-line y realizar en ella búsquedas temáticas y cronológicas. Además, en la página web están disponibles los diarios de sesiones del Parlamento de Andalucía, en los que se reproducen íntegramente todas las intervenciones y acuerdos adoptados en las sesiones del Pleno, de la Diputación Permanente y de las comisiones que aprueben definitivamente leyes o celebren sesiones informativas con miembros del Consejo de Gobierno. Los diarios de sesiones se publican después de celebrarse las reuniones del órgano parlamentario correspondiente.
El Reglamento del Parlamento de Andalucía establece el desarrollo de dos periodos de sesiones a lo largo del año: uno que se extiende de febrero a julio, y otro que lo hace de septiembre a diciembre. Durante ambos periodos, la Mesa del Parlamento es el órgano rector de la Cámara, a la que representa en los distintos actos a los que asista; organiza el trabajo interno del Parlamento; y decide sobre la tramitación de las diferentes iniciativas. Durante el periodo inhábil (enero y agosto), la Diputación Permanente es el órgano al que corresponde velar por los poderes de la Cámara. Sin embargo, es frecuente que la actividad parlamentaria se prolongue durante esos meses y se habiliten días para la celebración de plenos extraordinarios, comisiones, grupos de trabajo, etcétera, además del resto de trabajos ordinarios que realiza la Administración parlamentaria permanentemente en pro de la actividad de la institución.