Normas institucionales básicas

El Parlamento de Andalucía estará sujeto a la legislación básica del Estado en la materia y a las disposiciones de la presente ley en lo que afecta al ejercicio de sus funciones de carácter administrativo, sin perjuicio de lo que establezca el Parlamento de Andalucía en ejercicio de la autonomía que le garantiza el artículo 102 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Normas de régimen interno

Establece el artículo 10 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, que las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de esta ley publicarán información relativa a su estructura organizativa, para lo cual incluirán un organigrama, así como delegaciones de competencias vigentes, relaciones de puestos de trabajo o documento equivalente referido a todo tipo de personal, con indicación de sus retribuciones anuales, la oferta pública de empleo u otro instrumento similar, los procesos de selección de personal, y la identificación de las personas que forman parte de los órganos de representación del personal y el número de personas que gozan de dispensa total de asistencia al trabajo.