Contratación administrativa
Plataformas de licitación electrónica
Normas de contratación
El artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, establece expresamente que los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de su título I deberán hacer pública, como mínimo, la información relativa a los actos de gestión administrativa con repercusión económica o presupuestaria que se indican en él, expresamente en sus apartados a) y b), en lo que se refiere a los contratos y a los convenios suscritos.
Por su parte, el artículo 15 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía establece que las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de esta ley deberán hacer pública la información relativa a la gestión administrativa que se indica en él, con especial referencia, en sus apartados a) y b), a los contratos y a los convenios suscritos.
Órganos que intervienen en la contratación
Mesa de Contratación
Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales del Parlamento de Andalucía